31 enmiendas a la Ley de Finanzas, 2016 a partir del 1 de junio de 2016: –
1. Impuesto de ecualización Sección 10
En la sección 10, se ha insertado una nueva Cláusula 50 que
- Lawrence Lessig: ¿Tiene sentido la interpretación de la Constitución de los Estados Unidos en la decisión Roe v Wade?
- ¿Por qué rara vez se usa la tercera enmienda?
- ¿Por qué se propuso la octava enmienda en la Declaración de Derechos?
- ¿Debería reescribirse completamente la constitución de los Estados Unidos para que coincida mejor con la sociedad actual?
- ¿Es la segunda enmienda parte de la constitución?
prevé la exención de ingresos de “especificado
servicios “imponibles a la tasa de igualación en donde
“Servicio especificado” tendrá el significado que se indica en la sección
161 (i) del Capítulo VIII de la Ley de Finanzas, 2016.
Sección 40 (a) (Disposición de rechazo de gastos)
Se ha insertado una nueva cláusula (ib) en la sección 40 (a) que
establece que los gastos incurridos por “servicios específicos”
imputable bajo este Capítulo no se permitirá como
deducción en caso de que el asesor no deduzca y deposite el
impuesto de igualación con el gobierno. Donde ha estado
deducido en el año siguiente o ha sido deducido
durante el año anterior pero pagado después de la fecha de vencimiento, deberá
ser permitido como deducción en el año anterior en el que tiene
ha sido pagado
Se ha insertado un nuevo Capítulo VIII en la Ley de Finanzas de 2016
con respecto al impuesto de igualación.
2. Plan de declaración de ingresos, 2016
Un esquema de divulgación única, es decir, Declaración de ingresos
Esquema, 2016 para la declaración de ingresos no revelados de cualquier
El año fiscal hasta 2015-16 se agregó en el proyecto de ley de finanzas 2016.
Lo mismo se traerá el 1 de junio de 2016 y es para
permanecer abierto hasta la fecha para ser notificado por la Central
Gobierno en la Gaceta Oficial.
Sección 153A o 153C (Evaluación en casos de búsqueda)
El esquema de declaración de ingresos, 2016 no será
aplicable en caso de que se hayan emitido avisos bajo
sección 153A o 153C.
3. Nuevo esquema de resolución directa de disputas tributarias, 2016
Un nuevo esquema de resolución de disputas tributarias directas, 2016, tiene
proporcionado, cuyas características más destacadas son:
1. Ayer CBDT especificó el 31 de diciembre de 2016 como punto de corte
fecha para hacer una declaración a la autoridad designada bajo
el esquema
a) El esquema aplicable a los “atrasos fiscales”
(incluyendo impuestos, intereses o multas) determinado
bajo la Ley del impuesto sobre la renta o la Ley del impuesto sobre el patrimonio de 1957
respecto de qué recurso está pendiente ante CIT (A) /
CWT (A) a 29 de febrero de 2016;
b) El declarante bajo el esquema deberá pagar
impuesto a la tasa aplicable más intereses hasta la fecha de
evaluación. Sin embargo, en caso de impuesto en disputa
exceder las rupias diez lakh, 25% del mínimo
también se exigirá que se pague la pena imponible;
c) Consecuente a dicha declaración, apelación respecto
del ingreso en disputa y la riqueza en disputa pendiente
ante el Comisionado (Apelaciones) se considerará
ser retirado
4. Nuevo régimen fiscal para fideicomisos de titulización:
Sección 115TC (Impuesto sobre la renta de los fideicomisos de titulización)
La Sección 115TC prevé situaciones en las que un
el fideicomiso de titulización no paga el impuesto y es
considerado como asesor en incumplimiento. Cambios siguientes
se hacen en el mismo:
i) En la cláusula (a), se ha insertado “o recibo de seguridad”
en la definición de “inversionista”;
ii) En la subcláusula (ii), se inserta “o” después de las palabras
“Banco de la Reserva de la India”,
iii) Se ha agregado una nueva subcláusula a la
definición de fideicomiso de titulización expandiéndose de ese modo
su definición
iv) Se ha agregado la cláusula (e) para definir “seguridad
recibo “, que tendrá el mismo significado que
dado en la sección 2 (1) (zg) de la titulización
y reconstrucción de activos financieros y
Ley de cumplimiento de los intereses de seguridad, 2002;
Un nuevo Capítulo XII-EB, es decir (Disposiciones especiales relativas a impuestos
en los ingresos acumulados de ciertos fideicomisos e instituciones)
se ha agregado para proporcionar el gravamen del impuesto sobre la renta adicional en
caso de conversión o fusión con cualquier organización no caritativa
forma o en la transferencia de activos de una organización benéfica
sobre su disolución a una institución no caritativa. Para esto,
Se han insertado las secciones 115TD, 115TE y 115TF.
Sección 194LBC: (TDS sobre ingresos con respecto a la inversión
en fideicomiso de titulización)
Se inserta una nueva sección 194LBC después de la Sección 194LBB.
La subsección (1) establece que donde hay ingresos
pagadero a un inversor residente con respecto a un
inversión en un fideicomiso de titulización especificado en la cláusula (d)
de la Explicación que ocurre después de la sección 115TCA, entonces el
la persona responsable de realizar el pago deducirá impuestos
en origen a una tasa del 20%, si el beneficiario es un individuo o
un HUF; o 30% si el beneficiario es cualquier otra persona.
La subsección (2) establece que donde hay ingresos
pagadero a un inversionista no residente o extranjero
empresa con respecto a una inversión en una titulización
confianza especificada en la cláusula (d) de la Explicación que ocurre
después de la sección 115TCA, entonces la persona responsable de
al hacer el pago se deducirá el impuesto en la fuente a las tasas
en vigor.
5. Disposiciones de TDS
Aumento en el límite umbral de deducción de impuestos en origen en
Varios pagos mencionados en las secciones relevantes:
Presente
Sección
Cabezas existentes
Límite
Límite (Rs.)
Modificado
Límite
Límite
192A Pago de
saldo acumulado
debido a un empleado
30,000 50,000
194BB Ganancias del caballo
Carrera
5,000 10,000
Pagos 194C
a los contratistas
Agregar
límite anual
de 75,000
Aggrega
li anual
de 1,00,
Pago 194LA
de compensación en
adquisición de ciertos
Bienes inmuebles
2,00,000 2,50,00
194D Comisión de seguro 20,000 15,000
Comisión 194G sobre
venta de boletos de lotería
1,000 15,000
Comisión 194H
o corretaje
5,000 15,000
Revisión en las tasas de deducción de impuestos en origen en varios
pagos mencionados en las secciones relevantes de la Ley:
Presente
Jefes de sección
Existente
Tasa de
TDS (%)
Modificado
Tasa de TDS
(%)
194DA Pago en
respeto de la vida
Seguro
Política
2% 1%
194EE Pagos en
Respeto de
Depósitos NSS
20% 10%
Seguro 194D
Comisión
Califica en
fuerza
(10%)
5%
Comisión 194G
en venta de
Boletos de lotería
10% 5%
Comisión 194H
o corretaje
10% 5%
6. Sección 194K y Sección 194L:
Sección 194K para impuestos deducidos en la fuente de ingresos en
se omite el respeto de las unidades.
Sección 194L para impuestos deducidos en la fuente para el pago de
se omite la compensación por la adquisición de Capital Asset.
7. Sección 194LBA (TDS sobre ciertos ingresos de unidades de un
confianza empresarial):
La subsección (1) y la subsección (2) se modifican para
deducir el impuesto en origen sobre los pagos con respecto a
ingreso distribuido mencionado en la sección 115UA, siendo de
la naturaleza mencionada en la cláusula (23FC) de la sección 10 y en
la naturaleza mencionada en la subcláusula (a) de la cláusula (23FC)
de la sección 10 también.
8. Sección 194LBB (TDS sobre ingresos con respecto a unidades de
fondo de inversión) :
Con el fin de racionalizar el régimen TDS con respecto a
pagos realizados por los fondos de inversión a sus inversores,
se propone enmendar la Sec. 194LBB para establecer que el
persona responsable de realizar el pago al inversor
deducirá el impuesto sobre la renta u / s 194LBB a una tasa del 10%
donde el beneficiario es residente y a las tarifas vigentes
donde el beneficiario no es residente.
Se inserta una condición que proporciona eso donde el beneficiario
es una empresa no residente o extranjera, no se aplicarán deducciones
hacerse en caso de que algún ingreso no sea imponible para impuestos bajo
las disposiciones de la ley.
9. Sección 197 (Certificado de menor deducción de impuestos):
La Sección 197 se modifica para incluir la Sección 194LBB, Sección
194LBC en la lista de secciones para las cuales un certificado para
se puede deducir el impuesto a una tasa más baja o no se puede deducir el impuesto
adquirido.
10. Sección 197A:
La subsección (1A) y (1C) se modifica para realizar la
Los destinatarios de los pagos mencionados en la Sec. 194-I también son elegibles
para presentar la autodeclaración en el Formulario no 15G / 15H para
deducción de impuestos en origen.
11. Sección 206AA:
Para reducir la carga de cumplimiento, la Sec. 206AA (7) es
modificado para establecer que las disposiciones de esta sección
tampoco se aplica a un no residente, que no sea una empresa, ni a
una empresa extranjera, con respecto a cualquier otro pago, otro
que los intereses sobre bonos, sujetos a las condiciones que puedan
ser prescrito
12. Sección 206C:
La subsección (1D) se modifica para incluir la consideración de
venta de cualquier producto (que no sea lingotes o joyas) o
proporcionar cualquier servicio con el propósito de recaudar impuestos de
comprador. Se inserta una nueva cláusula (iii) en la subsección (1D)
que establece que los impuestos deben recaudarse en la fuente para
cualquier producto, distinto de los mencionados en las cláusulas (i) y
(ii), o cualquier servicio si la cantidad excede doscientos
mil rupias
Nueva subsección (1E) y (1F) insertada después de la sub –
sección (1D).
13. Sección 2
i) Se ha agregado una nueva cláusula (23C) a la sección 2 para
definir el término “audiencia” para incluir la comunicación de
datos y documentos a través del modo electrónico
ii) La Sección 2 (37A) se modifica para proporcionar ahora que
“Tasa o tasas vigentes” a los efectos de la deducción
incluirá la sección 194LBB y la sección 194LBC.
14. Sección 92CA (Referencia a TPO)
En la sección 92CA (3A) se ha previsto que si
los procedimientos de evaluación se suspenden por orden judicial o
donde ha sido una referencia para el intercambio de información
establecido por la autoridad competente y plazo disponible para
TPO es menos de 60 días después de excluir el tiempo por el cual
se suspendió la evaluación o se tomó tiempo para recibir
información, entonces dicho período restante se extenderá
a 60 dias.
15. Sección 115O (Impuesto sobre la distribución de dividendos a las empresas)
La subsección 7 se ha agregado a la sección 115O para proporcionar
que no se impondrá ningún impuesto sobre las ganancias distribuidas en
respeto de cualquier cantidad declarada, distribuida o pagada por el
compañía doméstica especificada en forma de dividendo (si
provisional o no) a un fideicomiso comercial fuera de su actual
ingreso en o después de la fecha especificada.
16. Sección 115QA (Impuesto sobre el ingreso distribuido a
accionistas)
La Sección 115QA modificada estipula que la disposición deberá
se aplica a cualquier recompra de acciones no cotizadas realizada por el
empresa de conformidad con las disposiciones de la ley
relacionado con las empresas y no necesariamente restringido a
Sec 77A de la Ley de Sociedades de 1956.
17. Sección 115TA (Impuesto sobre el ingreso distribuido a
inversores)
En la sección 115TA se ha insertado la subsección (5) que
proporciona una excepción con un efecto prospectivo, a este
sección para ingresos distribuidos por un fideicomiso de titulización a su
inversores
18. Sección 124 (jurisdicción de los AO)
La sección 124 (3) se modifica para proporcionar específicamente esos casos
donde la búsqueda se inicia bajo la sección 132 o libros de
cuentas, otros documentos o cualquier activo son requisados
bajo la sección 132A, ninguna persona tendrá derecho a llamar
cuestionar la jurisdicción de un oficial de evaluación después de la
vencimiento de un mes a partir de la fecha en que fue notificado
con un aviso en la subsección (1) de la sección 153A o sub-
sección (2) de la sección 153C o después de completar el
evaluación, lo que sea anterior.
19. Sección 133 (Poder para solicitar información por
autoridad de impuesto sobre la renta prescrita), 147 (reevaluaciones)
y 143 (evaluaciones)
i) Agilizar el mecanismo de evaluación, 133C
ha sido modificado para proporcionar legislativo
marco para el procesamiento de información y
documentos obtenidos del asesor y hacer el
resultado disponible para el oficial evaluador para
acción necesaria.
ii) La Sección 147 define situaciones donde el ingreso
imponible al impuesto ha escapado de la evaluación puede
ser reabierto para su evaluación, según la enmienda
información recibida por el departamento u / s 133C puede
También será base para la detección de casos de ingresos
evaluación de escape.
iii) La Sección 143 (1) (a) se modifica para ampliar el alcance de
ajuste que se puede hacer durante el procesamiento
devolver u / s 143 (1) (a) en función de los datos disponibles para el
Departamento en forma de informe de auditoría presentado por el
evaluado, declaraciones de años anteriores del evaluado,
26 Declaración AS, formulario 16 y formulario 16A. Sin embargo,
antes de hacer tales ajustes, una indicación
se le dará al asesor por escrito o
a través del modo electrónico que requiere que responda a
tales ajustes La respuesta recibida, si la hay, será
ser debidamente considerado antes de hacer cualquier ajuste.
Sin embargo, si no se recibe respuesta dentro de los treinta días
de emisión de tal intimidación, el procesamiento será
llevado a cabo incorporando los ajustes.
20. Sección 211:
Subsección (1) que establece ese impuesto anticipado sobre
ingresos corrientes que se calcularán de la manera establecida en
Segundo. 209 está sustituido.
La cláusula (a) hace evaluadores distintos de los mencionados en
la cláusula (b) está sujeta al pago de impuestos anticipados mientras que la cláusula (b) establece
un asesor elegible con respecto a un negocio elegible
mencionado en la sección 44AD sujeto al pago de impuestos anticipados.
21 Sección 220:
Las disposiciones se insertan después de la Sec. 220 (2A) (iii) para proporcionar que
–
i) una orden que acepta o rechaza la aplicación de un
el evaluado será aprobado por los oficiales interesados
dentro de un período de doce meses a partir del final del
mes en que se recibe dicha solicitud.
ii) ninguna orden que rechace la solicitud del asesor
bajo las secciones 220 / 273A / 273AA se aprobará
sin dar al asesor la oportunidad de ser
Escuchó.
iii) Sin embargo, con respecto a las solicitudes pendientes como en
1 de junio de 2016, el orden bajo dichas secciones será
transmitido el 31 de mayo de 2017 o antes.
22. Sección 234C:
Se hacen cambios consecuentes en la Sec. 234C en línea con
disposiciones fiscales anticipadas modificadas en el punto no. 12 arriba.
23. Sección 244A:
Intereses de reembolso u / s 244A –
i) Si la declaración se presenta después de la fecha de vencimiento – interés sobre reembolso
a pagar desde la fecha de presentación de la declaración
ii) Intereses sobre el reembolso del impuesto de autoevaluación de
fecha de presentación de la declaración o pago del impuesto, lo que sea
luego.
iii) Con el fin de determinar el orden de
ajuste de los pagos recibidos contra los impuestos
debido, los impuestos prepagos, es decir, el TDS, TCS y anticipo
El impuesto se ajustará primero.
iv) Además, se pagaría un interés adicional del 3%
donde los reembolsos surgen debido al efecto de apelación
y hay un retraso en la aprobación de la orden que da efecto a
orden de apelación más allá de 3 meses o más allá del período
de extensión otorgada por el Comisionado o Principal
Notario. En tales casos, el interés sería
pagadero por el período a partir de la fecha siguiente a la fecha de
vencimiento de 3 meses o período extendido según el caso
puede ser hasta la fecha en que se otorga el reembolso
24. Sección 252 (Tribunal de Apelación)
i) Se modifica la subsección (3) (b) que proporciona
que el vicepresidente sénior de ITAT no puede
designado por el gobierno central. como presidente.
ii) Se omite la subsección 4A.
iii) Se modifica la subsección (5) que establece que
El vicepresidente senior no puede ejercer poderes
y funciones del Presidente que puedan delegarse en
él por el presidente
25. Sección 253 (Apelaciones al Tribunal de Apelaciones):
Las subsecciones (2A) y (3A) de la sección 253 han sido
omitido para acelerar el proceso de litigio y omitir
presentación del recurso de apelación por parte del oficial evaluador contra la orden
del Panel de Resolución de Disputas. Para dar efecto a esto,
Se realizan modificaciones relevantes a la subsección (3A) y (4)
de la sección
26 Sección 254 (Facultades del Tribunal de Apelaciones)
El límite de tiempo para rectificar la orden del tribunal de apelaciones es
ahora 6 meses a partir de fin de mes es el orden
fue aprobada.
27. Sección 255
El límite monetario para la eliminación del caso del contribuyente por
el Tribunal de Apelaciones ahora se incrementa a cincuenta rupias lakh
de quince rupias lakh.
28. Sección 273A y 273AA
Las secciones 273A y 273AA se modifican para proporcionar un límite de tiempo.
para eliminar las solicitudes de inmunidad por penalización.
Propone ese orden en la subsección (4) para cualquiera
aceptar o rechazar la solicitud en su totalidad o en parte será
pasado dentro de un período de doce meses desde el final de
el mes en que la solicitud bajo dicho sub-
la sección es recibida por el comisionado principal o el
Notario.
29. Sección 281B
Segundo. 281B se modifica para establecer que AO revoque
embargo provisional de activos cuando el asesor proporcione
garantía bancaria por un monto no inferior al mercado justo
valor de dicha propiedad provisionalmente adjunta o para un
cantidad suficiente para proteger los intereses de los ingresos.
30. Sección 282A.
Se propuso una enmienda en la Sección 282A (1) para
proporcionar avisos y documentos que deben emitirse
por la autoridad del impuesto sobre la renta en virtud de la Ley será emitido por
dicha autoridad, ya sea en papel o en formato electrónico en
de acuerdo con el procedimiento que se pueda prescribir.
31. Sección 132
Sec 132A fue agregado para establecer que las disposiciones de
el capítulo VII tampoco se aplicará a las mercancías sujetas a impuestos
transacciones realizadas por cualquier persona en un
asociación reconocida ubicada en la unidad de IFSC donde el
la consideración de dicha transacción se paga o paga en
moneda extranjera, y por lo tanto esta transacción fue exenta
desde CTT el 1 de junio de 2016.
FUENTE: 31 enmiendas a la Ley de Finanzas, 2016 en vigencia a partir del 1 de junio de 2016