El Código Penal contiene una disposición que permite a cualquier persona realizar un arresto, pero solo se puede hacer por delitos procesables (equivalente a un delito grave en los EE. UU.), O quién cree que ha cometido un delito y está tratando de escapar de la policía. La persona que realiza el arresto debe entregar la custodia de la persona arrestada a un oficial de paz lo antes posible.
Un concepto clave aquí es que el “ciudadano” debe observar el delito procesable que realmente se está cometiendo. El ciudadano no puede arrestar a alguien por un delito que sucedió en el pasado y que el ciudadano no observó.
Aquí está la sección relevante del Código Penal de Canadá:
- ¿Cuáles son algunos ejemplos de casos civiles?
- ¿Tengo que sentirme cómodo mintiendo para ser un buen abogado? ¿Por qué o por qué no?
- En los Estados Unidos, ¿se puede juzgar a dos personas por el mismo delito?
- ¿Es ilegal gritar 'joder a la policía' cuando se cruza con un grupo de policías? ¿Qué hay de tocar una canción con esas letras mientras conduces lentamente?
- Dejando de lado las fuentes de autoridad, ¿cuáles son las diferencias estructurales clave entre la ley islámica y los sistemas legales seculares (occidentales)?
Sección 494 (1) Cualquiera puede arrestar sin orden judicial
(a) una persona a quien encuentra cometiendo un delito procesable; o
(b) una persona que, por razones razonables, cree
(i) ha cometido un delito penal, y
(ii) está escapando y es perseguido recientemente por personas que tienen autoridad legal para arrestar a esa persona.