Si mientes, no eres un buen abogado.
La Regla 3.3 de las Reglas Modelo ABA (una versión de la cual ha sido adoptada con una variación mínima en cada estado), proporciona:
Regla 3.3 Candor hacia el Tribunal
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- ¿Qué es la Ley de actividades ilegales (prevención)?
- ¿Debería eliminarse la negociación de culpabilidad?
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(a) Un abogado no deberá, a sabiendas :
- (1) hacer una declaración falsa de hecho o de derecho ante un tribunal o no corregir una declaración falsa de hecho o de derecho material hecha previamente al tribunal por el abogado;
- (2) no revele al tribunal la autoridad legal en la jurisdicción de control que el abogado sepa que es directamente adversa a la posición del cliente y no revelada por el abogado opositor; o
- (3) ofrecer evidencia de que el abogado sabe que es falso . Si un abogado, el cliente del abogado, o un testigo llamado por el abogado, ha ofrecido evidencia material y el abogado se entera de su falsedad, el abogado tomará medidas correctivas razonables, incluida, si es necesario, la divulgación al tribunal. Un abogado puede negarse a ofrecer evidencia, que no sea el testimonio de un acusado en un asunto penal, que el abogado razonablemente cree que es falso.
(b) Un abogado que represente a un cliente en un procedimiento judicial y que sepa que una persona tiene la intención de involucrarse, está involucrado o ha participado en una conducta criminal o fraudulenta relacionada con el procedimiento deberá tomar medidas correctivas razonables, incluida, si es necesario, la divulgación a el tribunal
(c) Los deberes establecidos en los párrafos (a) y (b) continúan hasta la conclusión del procedimiento, y se aplican incluso si el cumplimiento requiere la divulgación de información protegida de otro modo por la Regla 1.6.
(d) En un procedimiento ex parte, un abogado informará al tribunal de todos los hechos materiales conocidos por el abogado que permitirán al tribunal tomar una decisión informada, ya sea que los hechos sean o no adversos.
La regla 3.4 establece que un abogado debe actuar con justicia hacia las partes opuestas y otros, y el fraude (inducir a las personas a confiar en una tergiversación para beneficio personal) normalmente es motivo de inhabilitación.
Si no puede ganar un caso pero mintiendo, bueno, ese caso no se debe ganar.