En mi opinión, esta pregunta llega al núcleo mismo de por qué los derechos de autor existen en primer lugar. En general, se han dado dos justificaciones para esto: (1) Derecho natural y (2) Economía.
El campo de la Ley Natural, que es más popular en las naciones europeas que en los Estados Unidos, en esencia comienza con “el autor / artista creó esta obra y, por lo tanto, el beneficio económico de la misma les pertenece”. Yendo un poco más profundo, el campo de la ley natural se divide en aquellos que ven el trabajo del artista o autor en la creación de la obra como otorgando el derecho, y aquellos que ven las obras literarias y artísticas como una extensión de la personalidad del autor o artista.
Si llevamos el concepto de ley natural al extremo, ciertamente hay argumentos de que un derecho de autor debería durar para siempre. En particular, si crea una tabla a través de su trabajo, la posee para siempre y puede pasarla a sus herederos como mejor le parezca. Del mismo modo, ¿puede dejar de ser dueño de un aspecto de su personalidad, y si su obra literaria o artística es una extensión de su personalidad, cómo puede verse comprometida su propiedad?
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Hasta cierto punto, contrarrestar la visión de la Ley Natural es Economía. La economía reconoce que la sociedad se beneficia de las obras creadas por autores y artistas y, por lo tanto, reconoce que un incentivo económico para crear es apropiado. Por supuesto, la visión puramente económica querría limitar la concesión al nivel requerido para maximizar el beneficio para la sociedad, en lugar de maximizar el beneficio para el creador de una obra.
Creo que es justo decir que la razón detrás de una concesión de vida de monopolio + 70 años en una obra no se basa únicamente en la Ley Natural o la Economía. La ley natural probablemente favorecería una subvención más larga, mientras que la economía probablemente favorecería una subvención más corta. Sin embargo, la concesión de la vida + 70 años parece ser un compromiso al que han llegado la mayoría de las naciones occidentales y, en particular, parece ser una punta de sombrero para la visión de la Ley Natural de los derechos de autor.
Noto que mi análisis ignora al elefante en la habitación; es decir, el poder de lobby de ciertas entidades y las recompensas financieras que esas entidades cosechan del sistema de derechos de autor.