¿Cuál es la cláusula non-inclusive bajo la Sección 53-A de TOPA, 1882?

La sección 53A está redactada de manera simple y es muy clara. La parte que no está incluida en esa cláusula es:

‘a pesar de que el contrato, aunque debe registrarse, no se ha registrado o, cuando existe un instrumento de transferencia, que la transferencia no se ha completado de la manera prescrita por la ley por el momento, el el cesionario o cualquier persona que reclame en virtud de él no podrá hacer cumplir contra el cesionario y las personas que reclaman bajo él cualquier derecho con respecto a la propiedad de la cual el cesionario ha tomado o ha continuado en posesión, que no sea un derecho expresamente estipulado por los términos del contrato :

Siempre que nada en esta sección afecte los derechos de un cesionario para consideración que no tenga aviso del contrato o de la ejecución parcial del mismo.

Lo anterior debe leerse con la parte anterior de la sección para una interpretación adecuada.