Aquí hay realmente dos preguntas o preguntas secundarias: 1) ¿La bancarrota me libera de cualquier deuda no garantizada que deba por los daños que cometí durante un contrato de arrendamiento? Y 2) ¿Puede el arrendador quedarse con mi depósito si me he declarado en bancarrota, suponiendo que haya cometido daños?
En el punto uno, la respuesta es “probablemente así”. Una bancarrota no tiene que rescindir un contrato de arrendamiento, aunque podría hacerlo, pero incluso si termina el contrato de arrendamiento, o si el contrato simplemente finalizó, los daños que había acumulado durante el tiempo que Todavía estoy en quiebra, o antes de ese momento, puede ser dado de alta por el tribunal de quiebras. Aunque no lo sé con certeza, mi sensación es que, si mantiene su contrato de arrendamiento y se conocen daños por desgaste en ese momento, es probable que tenga que pagar para reparar esos daños en ese momento o más tarde. Eso podría depender de lo que la ley estatal diga sobre tales obligaciones.
Como comentario interesante, si ha acumulado atrasos, como multas por tener una mascota no permitida; haciendo ruido; y así sucesivamente, creo que la corte de bancarrota también podría descargarlos. No sé sobre los atrasos de servicios públicos que le debe al propietario, pero supongo que en algunos casos PODRÍAN ser cancelados.
- ¿Cómo funcionan las renuncias legales en Quora? ¿Cuál es la política de Quora sobre preguntas y respuestas sobre cuestiones y problemas legales?
- Cómo cobrar un fallo en Florida
- ¿Alguna vez ha habido un abogado que violó el privilegio abogado-cliente por justicia y preocupación del público?
- ¿Qué es lo mejor que se puede hacer cuando alguien tira basura en un lugar público?
- ¿Qué tan difícil es para un delincuente convertirse en abogado?
En el punto dos, la respuesta es casi segura, “sí”. Ya sea que se encuentre en estado de quiebra o no, el propósito de un depósito de daños es proteger la propiedad del arrendador de daños graves, no cotidianos, como agujeros en las paredes, ventanas rotas, etc. Esto es lo que dice un sitio web interesante, la Red de Derecho Concursal, sobre el asunto. [No sé cuán autoritario es, pero sé que refleja lo que sabía sobre bancarrota cuando era propietario]:
“El administrador solo tiene éxito con el derecho del deudor de recuperar el dinero del propietario algún día , posiblemente años en el futuro. El administrador tendrá que mantener el caso abierto si alguna vez desea ver este dinero. Además, el síndico nunca puede obtener el depósito del arrendador, porque el arrendador podría decidir conservarlo en función de los daños reclamados en los locales arrendados “.
En otras palabras, el síndico de la bancarrota se pone en su lugar aquí y solo puede recuperar el depósito si USTED lo hubiera recuperado … lo que obviamente no sucederá si ha roto o dañado muchas cosas. Además, no es probable que ningún administrador mantenga abierto el caso sobre un depósito de seguridad.
Por otro lado, algunos estados muy favorables a los propietarios, como Indiana, permiten que el propietario simplemente gaste un depósito de seguridad como su propio dinero, por lo que no hay fondos en custodia. Legalmente, el propietario todavía tendrá que devolver el depósito en el futuro si no hay daños graves, pero en el mundo real podría ser casi imposible que un administrador de bancarrota recupere dichos fondos en nombre del patrimonio de la bancarrota.