¿Es una creación digital de un libro de texto protegido por derechos de autor existente (no de palabra a palabra, sino en forma de punto conciso, como notas de estudio que uno hace) una infracción de derechos de autor?

Probablemente sería una infracción de derechos de autor. La herramienta de estudio propuesta sería un trabajo derivado. El propietario de los derechos de autor sobre el trabajo subyacente también posee trabajos derivados. Para evitar infringir los derechos de autor, su documento debe contener una cantidad sustancial de contenido original y creativo, suficiente para que pueda ser protegido por derechos de autor por sí mismo, menos la parte no creativa copiada. La pregunta clave es si “volver a escribir puntos importantes en una forma concisa” significa reescribir o condensar. El caso principal es Feist v. Rural. Vea también el artículo de Wikipedia sobre trabajo derivado.

Existe un concepto de Transformabilidad bajo la Doctrina de Uso Justo que podría aplicarse, pero requiere que se agregue valor al presentar el material citado “de una manera diferente o para un propósito diferente del original”. En este caso, ambos son para el aprendizaje del estudiante. Si la manera sería lo suficientemente diferente me parece dudoso. Un abogado especializado en propiedad intelectual puede estar en desacuerdo.