Sí, puede postularse al Colegio de Abogados de India con respecto a su inscripción después de completar su título.
Un título en derecho de una universidad extranjera, obtenido por un ciudadano indio o una persona de origen indio con doble ciudadanía en la India que haya cumplido 21 años de edad, puede ser reconocido con el propósito de matricularse como defensor si se cumplen las siguientes condiciones .
(i) El título se ha obtenido después de seguir regularmente el curso por un período que no sea inferior a tres años en caso de que el título en derecho se obtenga después de graduarse en cualquier rama del conocimiento o por un período no inferior a cinco años si es admitido en el curso integrado después de pasar la etapa +2 en el examen secundario superior o su equivalente; y
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(ii) el Colegio de Abogados de la India reconoce a la Universidad y el candidato en cuestión aprueba el examen realizado por el Consejo de Abogados de la India en temas de derecho sustantivo y procesal, que son específicamente necesarios para practicar el derecho en la India y prescritos por el Consejo de Abogados de la India de vez en cuando.
Aquellos que se unieron al curso de LL.B en una universidad extranjera reconocida antes del 21 de febrero de 2005 no necesitan escribir este examen.
Para el reconocimiento de un título en derecho, cualquier universidad extranjera puede postularse ante el Consejo de Abogados de la India.
Esta aplicación deberá contener los siguientes detalles.
(i) Historia de la Universidad,
(ii) Manual, folleto y folleto que contiene cursos de estudio
(iii) la posición de la universidad en la lista de acreditación hecha oficialmente o por cualquier organismo privado reconocido,
(iv) Cualquier otra información que el Colegio de Abogados de India pueda prescribir ocasionalmente y sujeta a inspección por el Consejo de Abogados de India de la Universidad, si es necesario.
El asunto se someterá al Comité de Educación Jurídica con todos los detalles y la Educación Jurídica se recomendará al Consejo de Abogados de la India.
El Comité de Educación Jurídica también puede realizar cualquier otra consulta que sea necesaria para recomendar la Universidad cuyo título en derecho se reconocerá a los efectos de la solicitud.
El reconocimiento dependerá de los siguientes criterios.
(i) El título en derecho será un título de segunda etapa ofrecido después de graduarse de una universidad aprobada por el Colegio de Abogados de la India con el propósito de ser admitido en el curso que conduce a un título en derecho en la universidad extranjera correspondiente; o será un programa integrado ofrecido después de 10 + 2 o 11+ 1 educación escolar.
(ii) El curso que conduzca a la licenciatura en derecho en la Universidad extranjera en cuestión tendrá una duración de al menos tres años si se toma después de la graduación en la forma indicada anteriormente, o tendrá una duración de al menos cinco años si se realiza en una escuela integrada programa como se mencionó anteriormente.
(iii) El curso será un curso de estudio regular realizado en una Universidad o Centro de Educación Legal afiliado a una Universidad, según sea el caso.
(iv) El curso contendrá asignaturas de estudios, que se prescriben como asignaturas obligatorias, por el Consejo de Abogados de la India por recomendación de los Centros de Educación Jurídica de vez en cuando, en el LL.B. programa de una universidad reconocida en la India con el propósito de matricularse.