¿Quién posee los derechos de autor sobre el contenido contribuido a una publicación de blog de estilo ‘resumen’ de forma predeterminada, los contribuyentes individuales o el blog anfitrión? Suponga que no se establecieron acuerdos o pagos previos.

Perspectiva estadounidense

Hace varios años escribí en un blog sobre obras de autoría conjunta (ya sean publicaciones de blog o de otro tipo). Citando una parte de Soy uno de varios autores: ¿quién posee los derechos de autor? :

¿Quién posee los derechos de autor en el trabajo creado conjuntamente?

La respuesta es que los autores son copropietarios iguales de los derechos de autor (17 USC Sección 201 [a]). Cada copropietario de derechos de autor puede explotar los derechos de autor como lo desee (por ejemplo, otorgando uno o más sublicencias no exclusivas). Sin embargo, cada uno está obligado a compartir las ganancias de tales actividades con los otros copropietarios (ver, por ejemplo, Thomson v. Larson).

Debido a que no existe un acuerdo de asignación por escrito entre los autores y el propietario del blog, el propietario del blog tiene simplemente una licencia indefinida con respecto a la publicación. Consulte Si no establece los términos de una licencia de copyright, un tribunal lo hará .

Esta respuesta no sustituye el asesoramiento legal profesional …

Todos los que contribuyeron son dueños de los derechos de autor. Cualquiera puede hacer uso sin pedir permiso a los demás.

Las obras colaborativas son de propiedad conjunta, ningún autor puede dictar términos o restricciones a los demás.