¿Qué pasaría si a alguien le regalaran una propiedad que vendió, solo para la persona que le dio el regalo para quebrar?

Si esto fuera en los Estados Unidos, entonces habría dos problemas. El primer problema es que puede haber un impuesto sobre donaciones sobre esa cantidad. Desde 2015, el IRS otorga una exención de $ 14,000 por año por persona, más una exención total de por vida de $ 5.43 millones además de eso. También puede haber un impuesto estatal sobre donaciones.

El mayor problema es que es ilegal ocultar activos de un tribunal de quiebras. Poner activos a nombre de otra persona con el plan para que luego te lo devuelvan es ocultar activos. El tribunal puede tener un problema con el hecho de que regale cualquier activo a otra persona durante un período de tiempo en el que estaba considerando la bancarrota. Lo mejor que probablemente pueda esperar es que el tribunal no descargue algunas deudas porque consideran que esa propiedad sigue siendo su activo. Lo peor sería la cárcel por fraude.

En Estados Unidos, se nombra un síndico de bancarrota en cada caso del capítulo 7. Esta persona representa a todos los acreedores no garantizados y tiene ciertos poderes de “brazo fuerte” que le permiten al administrador continuar con esta transferencia dentro de los 90 días posteriores a la presentación del caso. Incluso si el comprador fue un “comprador de buena fe” por el valor, el administrador puede obligar a la devolución del artículo regalado / transferido. Si la persona que recibió el artículo era una persona con información privilegiada / familiar, entonces el período de retrospectiva es de 1 año.

Siempre y cuando la persona que recibió el obsequio tenga el título de la propiedad, como deberían, porque el título debería haber sido parte del obsequio, y la propiedad esté debidamente registrada bajo el nuevo propietario y no haya sido regalada después de la quiebra. No veo ningún problema. Si la tierra ya no es la persona en bancarrota, no puede ser parte de la bancarrota.